El seguro de vida es un seguro que cubre el riesgo de muerte, supervivencia e incapacidad. El seguro de vida cubre los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad o salud de las personas.
Fallecimiento
La aseguradora abonará a los beneficiarios designados por el asegurado el capital garantizado en el contrato de seguro en caso de fallecimiento del mismo, sea cualquiera la causa que lo ocasione, con las exclusiones y delimitaciones que estén especificadas en las condiciones del contrato.
Garantías complementarias opcionales:
Fallecimiento por accidente
Es el derivado de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado.
Fallecimiento por accidente de circulación
Es el derivado de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, como conductor pasajero de un vehículo, como peatón causado por un vehículo o como usuario de transporte público (terrestres, acuáticos o aéreos).
Incapacidad Permanente Absoluta
Es la situación física irreversible del asegurado provocada por cualquier causa determinante de la incapacidad para el mantenimiento de cualquier actividad profesional o laboral.
Incapacidad Permanente Total
Es la situación física irreversible del asegurado provocada por cualquier causa determinante de la total ineptitud de este para el ejercicio de su profesión habitual.